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martes, 19 de octubre de 2010

Mercado de futuros, opciones y otros derivados financieros.

Real Decreto 1282/2010, de 15 de octubre, por el que se regulan los mercados secundarios oficiales de futuros, opciones y otros instrumentos financieros derivados.
Con este real decreto se desarrolla el mencionado artículo 59 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en adelante, Ley 24/1988, de 28 de julio, que tiene los siguientes objetivos. En primer lugar, equiparar nuestra regulación a los estándares normativos propios de los mercados internacionales de nuestro entorno, para mejorar la capacidad competidora de nuestros mercados. En segundo lugar, facilitar la introducción de nuevos productos, servicios y líneas de negocio en los mercados españoles de instrumentos financieros derivados. En tercer lugar, reducir el riesgo sistémico asociado principalmente a la compensación y liquidación de los contratos de instrumentos financieros derivados y, por último, contribuir a la profundización del mercado único europeo con el establecimiento de acuerdos y conexiones con otros mercados de derivados de nuestro entorno que favorezcan la interoperabilidad, las ganancias de eficiencia y la posibilidad de elección de infraestructuras de mercado por parte de sus usuarios.



http://www.boe.es/boe/dias/2010/10/16/